Alta en la Seguridad Social (RETA) para autónomos

Cómo darte de alta en el RETA paso a paso: cuándo hacerlo (antes de empezar, como mucho 60 días antes), qué datos te piden, cómo elegir la base de cotización y qué revisar.

Empezar Actualizado: 2026-09-24 ⏱ 7 min

Qué vas a conseguir con este trámite

  • Quedar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) antes de empezar a trabajar.
  • Elegir una base de cotización coherente con lo que prevés ganar.
  • Pedir, si te corresponde, la cuota reducida de inicio.

Cuándo hacerlo

El alta se pide antes de empezar la actividad, y no antes de 60 días naturales antes de la fecha de inicio. La fecha de inicio que indiques es la fecha desde la que empiezas a cotizar.

Desde la reforma de 2023, hasta tres altas al año tienen efecto el mismo día en que empiezas, y la cuota de ese primer mes se paga solo por los días en alta.

Requisitos

  • Estar dado de alta en Hacienda con el modelo 036 (el 037 desapareció en febrero de 2025), o tener claros tu actividad y tu epígrafe.
  • Certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
  • Número de la Seguridad Social. Si no lo tienes, se pide antes en el mismo portal.
  • Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota.

Paso a paso

  1. Entra en Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, con Cl@ve o certificado.
  2. Ve a Altas, bajas y modificaciones → Afiliación y altas de trabajadores → Alta en el trabajo autónomo.
  3. Indica la fecha de inicio y la actividad que vas a ejercer.
  4. Indica tu previsión de rendimientos netos para el año: de ella sale el tramo y la base de cotización.
  5. Revisa si puedes pedir la cuota reducida de inicio (tarifa plana) y márcala en este momento.
  6. Indica la cuenta para la domiciliación, firma y descarga el justificante.

Cómo se elige la base de cotización

Desde 2023 los autónomos cotizan según sus rendimientos netos reales. Al darte de alta eliges una base dentro del tramo que corresponde a lo que prevés ganar. Luego:

  • Puedes cambiar la base hasta seis veces al año, si tus previsiones cambian.
  • Al final del ejercicio, la Seguridad Social regulariza: compara con los rendimientos que declares en Hacienda y te devuelve o te reclama la diferencia.

Si prevés ganar poco al principio, no tiene sentido elegir una base alta. Y si te quedas corto, la regularización te lo reclamará después.

Errores frecuentes

  • Empezar a facturar antes del alta. El alta tiene que ser previa a la actividad.
  • Pedir el alta con más de 60 días de antelación. No se admite.
  • No pedir la cuota reducida en el alta, si cumplías los requisitos.
  • Olvidar el alta en Hacienda. Son dos trámites distintos: uno no avisa al otro.

Consejo práctico

Guarda el justificante del alta en PDF. Te lo pedirán en bancos, ayudas y licencias.

Preguntas frecuentes

¿Qué va antes, Hacienda o la Seguridad Social?

Lo habitual es hacer primero el alta censal en Hacienda (modelo 036) y después el alta en el RETA, porque te pedirán la actividad. Los dos tienen que estar hechos antes de empezar.

¿Puedo elegir la base mínima?

Puedes elegir la base que corresponda a tu tramo de rendimientos previstos. La regularización anual ajustará la cuota a lo que ganes de verdad.

¿Cuánto pago con la tarifa plana?

Depende de los requisitos y del año en que te des de alta. Tienes los detalles en la guía de la tarifa plana para autónomos.


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