Alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios)
Qué es el ROI, cuándo lo necesitas para facturar sin IVA a empresas de la UE, cómo pedir el alta con el modelo 036 y cómo comprobar en VIES que tu NIF-IVA ya es válido.
Qué vas a conseguir con este trámite
- Tener un NIF-IVA (tu NIF con el prefijo ES) válido en toda la UE.
- Poder vender a empresas de otros países de la UE sin IVA español, cuando la ley lo permite.
- Que tus proveedores europeos te facturen sin su IVA.
Qué es el ROI
El Registro de Operadores Intracomunitarios es el censo de Hacienda de las empresas y autónomos que hacen operaciones con empresarios de otros Estados miembros. Estar dado de alta hace que tu número aparezca como válido en VIES, el sistema europeo en el que tus clientes y proveedores comprueban que eres una empresa.
Cuándo lo necesitas
Antes de hacer, con empresarios o profesionales de otros países de la UE, operaciones como estas:
- Vender productos a una empresa de otro Estado miembro (entrega intracomunitaria, exenta de IVA español).
- Comprar productos a una empresa de otro Estado miembro (adquisición intracomunitaria).
- Prestar servicios a empresas de otros países de la UE, o contratar servicios a empresas europeas, cuando tributan en el país del destinatario.
No lo necesitas si solo trabajas con clientes y proveedores españoles, ni para vender a particulares de otros países.
Cómo pedir el alta
- Entra en el modelo 036 en la Sede electrónica de la AEAT.
- Si ya eres autónomo, marca declaración de modificación. Si estás empezando, puedes pedirlo en la misma declaración de alta.
- En el apartado del IVA, marca la solicitud de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
- Presenta y guarda el justificante.
El modelo 037 ya no existe desde el 3 de febrero de 2025 (Orden HAC/1526/2024): se hace con el 036.
Hacienda puede revisar la solicitud antes de darte de alta, y a veces pide información sobre la actividad o las operaciones previstas. El alta no siempre es inmediata.
Cómo saber si ya estás dado de alta
Consulta tu número en VIES, en la web de la Comisión Europea: escribe ES y tu NIF. Si sale como válido, ya puedes facturar como operador intracomunitario. Haz lo mismo con el número de tu cliente antes de emitirle una factura sin IVA.
Qué cambia en tus obligaciones
- Tendrás que presentar el modelo 349 (declaración recapitulativa) en los periodos en que hagas operaciones intracomunitarias.
- En el modelo 303 declararás esas operaciones en sus casillas propias.
- En las facturas sin IVA tienes que indicar el motivo: la exención de la entrega intracomunitaria o la inversión del sujeto pasivo, según el caso, junto con el NIF-IVA del cliente.
Errores frecuentes
- Facturar sin IVA antes de estar en el ROI. Tu cliente no te verá como válido en VIES.
- No comprobar el número del cliente en VIES.
- Olvidar el 349 una vez dado de alta.
- Aplicar la exención a particulares de otros países: a ellos no se les aplica.
Preguntas frecuentes
¿Tiene coste?
No. Es gratuito.
¿Me pueden dar de baja del ROI?
Sí. Hacienda puede dar de baja a quien no hace operaciones intracomunitarias o no presenta las declaraciones correspondientes. También puedes pedir tú la baja con el 036 si dejas de hacerlas.
Compro software a una empresa europea, ¿necesito el ROI?
Si la empresa te factura sin IVA con inversión del sujeto pasivo, sí: necesita un NIF-IVA válido para hacerlo, y tú declararás esa compra en el 303 y en el 349.
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