Cambiar la base de cotización de autónomos: cuándo hacerlo y cómo solicitarlo

Cómo cambiar tu base de cotización en el RETA hasta seis veces al año, las fechas de efecto según cuándo lo pidas, la tabla de bases de 2026 por tramos de rendimientos y la regularización anual.

Cotización Actualizado: 2026-10-02 ⏱ 8 min
Ficha rápida del trámite
Organismo: Seguridad Social (TGSS)
Modelo/Formulario: Base de cotización y rendimientos (Import@ss)
Plazo: Hasta 6 cambios al año, con efecto cada dos meses
Coste: Gratuito

Qué vas a conseguir con este trámite

  • Ajustar tu cuota mensual a lo que prevés ganar este año.
  • Evitar una regularización grande, a pagar, al año siguiente.
  • Subir la base si quieres mejorar tus prestaciones.

Cómo funciona desde 2023

Desde 2023 los autónomos cotizan según sus rendimientos netos. La Ley de Presupuestos fija cada año una tabla general y una tabla reducida, divididas en tramos (artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social). Tú eliges una base dentro del tramo que corresponde a los rendimientos que prevés. Esa base es provisional hasta la regularización.

Cuántas veces y con qué efecto

Puedes cambiar la base hasta seis veces al año (artículo 45 del Reglamento de cotización, RD 2064/1995). El cambio surte efecto según cuándo lo pidas:

  • Pedido entre el 1 de enero y el último día de febrero: efecto el 1 de marzo.
  • Entre el 1 de marzo y el 30 de abril: 1 de mayo.
  • Entre el 1 de mayo y el 30 de junio: 1 de julio.
  • Entre el 1 de julio y el 31 de agosto: 1 de septiembre.
  • Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre: 1 de noviembre.
  • Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre: 1 de enero del año siguiente.

Con la solicitud declaras el promedio mensual de los rendimientos netos que prevés.

Tabla de bases de 2026

Está en la Orden PJC/297/2026 (BOE del 31 de marzo de 2026), artículo 18. Base máxima para cualquier tramo: 5.101,20 € al mes.

Tabla reducida (rendimientos mensuales, base mínima y máxima):

  • Hasta 670 €: de 653,59 € a 718,94 €.
  • Más de 670 € y hasta 900 €: de 718,95 € a 900 €.
  • Más de 900 € y menos de 1.166,70 €: de 849,67 € a 1.166,70 €.

Tabla general, algunos tramos:

  • De 1.166,70 € a 1.300 €: de 950,98 € a 1.300 €.
  • Más de 1.700 € y hasta 1.850 €: de 1.143,79 € a 1.850 €.
  • Más de 2.330 € y hasta 2.760 €: de 1.356,21 € a 2.760 €.
  • Más de 4.050 € y hasta 6.000 €: de 1.732,03 € a 5.101,20 €.
  • Más de 6.000 €: de 1.928,10 € a 5.101,20 €.

El tipo por contingencias comunes es del 28,30 % y el de contingencias profesionales, del 1,30 %.

Paso a paso

  1. Calcula tus rendimientos netos mensuales previstos: ingresos menos gastos deducibles de la actividad.
  2. Entra en Import@ss, servicio «Base de cotización y rendimientos».
  3. Identifícate con Cl@ve, certificado o DNIe.
  4. Indica tus rendimientos previstos y elige la base dentro del tramo.
  5. Guarda el justificante y revisa el recibo del mes en que surte efecto.

La regularización anual

Al año siguiente, Hacienda comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales y se regulariza la cotización.

  • Si cotizaste de menos, pagas la diferencia hasta el último día del mes siguiente a la notificación.
  • Si cotizaste de más, te lo devuelven antes del 30 de abril.

El aviso llega por notificación electrónica, así que revisa la Sede de la Seguridad Social.

Errores frecuentes

  • Pedir el cambio pensando que se aplica al mes siguiente. Va por bimestres.
  • No actualizar la base cuando los ingresos cambian mucho. La diferencia te llega de golpe con la regularización.
  • Elegir una base fuera del tramo de tus rendimientos previstos.
  • No mirar las notificaciones de la regularización.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas veces puedo cambiarla?

Hasta seis al año, con las fechas de efecto de la lista de arriba.

¿Me conviene subir la base?

Una base más alta sube la cuota y mejora las prestaciones que se calculan sobre ella. Es una decisión personal: mírala con tu previsión de ingresos.


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