Cómo registrarse en Cl@ve (Cl@ve PIN, Cl@ve Móvil y Cl@ve Permanente)
Las vías para registrarte en Cl@ve (videoidentificación, carta de invitación, certificado o en oficina), la diferencia entre nivel básico y avanzado, y cómo funcionan Cl@ve PIN, Cl@ve Móvil y Cl@ve Permanente.
Qué vas a conseguir con este trámite
- Identificarte en la Sede de la Agencia Tributaria, de la Seguridad Social y de otras administraciones sin certificado digital.
- Consultar notificaciones, presentar declaraciones o descargar informes desde el móvil o el ordenador.
- Elegir la vía de registro que te sirve según los documentos que tengas a mano.
Qué es Cl@ve
Cl@ve es el sistema común de identificación de las administraciones públicas. Una vez registrado, puedes entrar con tres sistemas:
- Cl@ve PIN: eliges un código y recibes un PIN en la app Cl@ve PIN o por SMS. El PIN solo sirve una vez y hay que usarlo antes de 10 minutos. Una vez dentro, la sesión dura hasta que te desconectas de la Sede o cierras el navegador.
- Cl@ve Móvil: se recomienda tener instalada la APP Cl@ve para escanear un código QR. Si no puedes usar la app, se ofrece el acceso con un PIN por SMS.
- Cl@ve Permanente: entras con tu DNI o NIE y una contraseña. Para los trámites que piden un nivel de seguridad elevado se añade un código de un solo uso enviado por SMS.
Nivel básico y nivel avanzado
El registro tiene dos niveles. El básico se consigue por internet, pero no vale para todos los trámites y no permite usar Cl@ve Firma. El avanzado sirve para todo.
Nivel básico:
- Videoidentificación automática en la APP Cl@ve. De momento solo para ciudadanos españoles con DNI en vigor. Necesitas un correo electrónico y un teléfono personal. Si el proceso va bien, tienes el nivel básico al momento.
- Carta de invitación: la pides por internet y te llega por correo postal a tu domicilio fiscal con un CSV, un código de 16 números y letras. Con ese código terminas el registro.
Nivel avanzado:
- Videoidentificación revisada: después de la automática, un empleado público revisa las evidencias y pasas al nivel avanzado sin ir a ninguna oficina.
- Por internet con certificado electrónico o DNIe.
- Presencialmente en una oficina de registro: Agencia Tributaria, Seguridad Social, SEPE o Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Paso a paso (carta de invitación)
- Entra en clave.gob.es, apartado de registro, y elige la carta de invitación.
- Indica tu DNI o NIE y los datos que te piden para pedir la carta.
- Espera la carta en tu domicilio fiscal. Si no está actualizado en Hacienda, cámbialo antes.
- Con la carta en la mano, vuelve a la web e introduce el CSV.
- Asocia tu móvil y tu correo electrónico.
- Al terminar recibes un SMS de bienvenida en el móvil que registraste. Pruébalo entrando en cualquier sede.
Requisitos
- DNI o NIE.
- Un número de móvil. En todas las vías se registra un teléfono. Con la carta de invitación, cada móvil solo puede estar asociado a un DNI o NIE.
- Un correo electrónico.
Errores frecuentes
- Usar el mismo móvil que tu pareja o un familiar. Con la carta de invitación, un número solo puede ir asociado a un DNI o NIE.
- Esperar la carta con el domicilio fiscal antiguo. Llega a la dirección que tiene Hacienda.
- Quedarte en el nivel básico y descubrir el día del trámite que te piden el avanzado.
- Ir a una oficina sin cita previa. Muchas oficinas la piden.
- Mandar a otra persona en tu lugar. El registro presencial exige que vayas tú con tu DNI: no se admite por representación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo registrarme sin salir de casa?
Sí: por videoidentificación en la APP Cl@ve, con la carta de invitación o con certificado o DNIe.
¿Tiene coste?
No. El registro y el uso de Cl@ve son gratuitos.
¿Me sirve para la Seguridad Social y para Hacienda?
Sí. La DEHú, la Sede de la Agencia Tributaria y la de la Seguridad Social aceptan Cl@ve, aunque algunos trámites piden el nivel avanzado o certificado.
Trámites relacionados
Modelo 190: resumen anual de retenciones de IRPF
Quién presenta el modelo 190, el plazo del 1 al 31 de enero, cómo cuadrarlo con los modelos 111 del año, las claves de percepción más usadas por autónomos y el certificado de retenciones al perceptor.
Cambiar la base de cotización de autónomos: cuándo hacerlo y cómo solicitarlo
Cómo cambiar tu base de cotización en el RETA hasta seis veces al año, las fechas de efecto según cuándo lo pidas, la tabla de bases de 2026 por tramos de rendimientos y la regularización anual.
Modelo 180: resumen anual de retenciones por alquiler
Cómo presentar el modelo 180 si alquilas un local para tu actividad y retienes al propietario con el modelo 115: plazo en enero, referencia catastral, datos del arrendador y cómo cuadrarlo con los 115.
Factura electrónica para autónomos: cuándo será obligatoria
Situación a octubre de 2026 de la factura electrónica obligatoria entre empresas: el Real Decreto 238/2026, el calendario de 12 y 24 meses que depende de una orden ministerial, los formatos admitidos, la solución pública de la AEAT y su diferencia con VERI*FACTU.
Notificaciones DEHú para autónomos: cómo acceder y no perder plazos
Qué es la DEHú, cuándo un autónomo está obligado a recibir notificaciones electrónicas (Seguridad Social sí, Hacienda en general no), la regla de los 10 días naturales, los avisos por correo y los días de cortesía de la AEAT.
Factura sin IVA: cuándo se puede emitir legalmente
Los casos en que un autónomo factura sin IVA (operaciones exentas, entregas intracomunitarias, exportaciones, inversión del sujeto pasivo y servicios no localizados en España) y qué mención debe llevar la factura en cada uno.