Modelo 303 (IVA): guía completa para autónomos
Cómo presentar el modelo 303 paso a paso: quién lo presenta, plazos trimestrales, cómo se calcula el IVA, qué hacer si sale a pagar, a compensar o a devolver, y errores frecuentes.
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Qué es el modelo 303
Es la autoliquidación del IVA. En ella declaras el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido, el de tus facturas emitidas) y el que has pagado en tus gastos de la actividad (IVA soportado, el de las facturas recibidas). La diferencia es lo que ingresas o lo que Hacienda te debe.
Quién debe presentarlo
- Autónomos y sociedades que hacen operaciones sujetas a IVA.
- También los que están en el régimen simplificado del IVA (módulos), con sus reglas propias.
No lo presentan quienes solo hacen actividades exentas de IVA (por ejemplo, ciertas actividades sanitarias o de enseñanza), ni los comerciantes minoristas en recargo de equivalencia, por esa actividad.
Plazos
Si lo presentas trimestralmente, que es lo normal en un autónomo:
- 1.er trimestre: del 1 al 20 de abril.
- 2.º trimestre: del 1 al 20 de julio.
- 3.er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- 4.º trimestre: del 1 al 30 de enero.
Si domicilias el pago, el plazo para presentar acaba unos días antes; la Agencia Tributaria publica cada año las fechas exactas en su calendario del contribuyente.
Cómo se calcula
IVA repercutido − IVA soportado deducible = resultado
- Positivo: pagas la diferencia.
- Negativo en el 1.º, 2.º o 3.er trimestre: no te lo devuelven; lo compensas en los trimestres siguientes.
- Negativo en el 4.º trimestre: puedes pedir la devolución o seguir compensando.
Solo es deducible el IVA de gastos relacionados con la actividad y documentados con factura a tu nombre.
Paso a paso para presentarlo
- Reúne las facturas emitidas y recibidas del trimestre y anótalas en tus libros registro.
- Suma bases y cuotas por tipo de IVA (21 %, 10 %, 4 %).
- Entra en el formulario del 303 en la Sede electrónica de la AEAT.
- Rellena el IVA devengado, el deducible y, si las tienes, las operaciones intracomunitarias.
- Revisa el resultado y elige la forma de pago: cargo en cuenta, domiciliación, reconocimiento de deuda con aplazamiento, compensación o devolución.
- Firma con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico y descarga el justificante.
Errores frecuentes
- No incluir todas las facturas emitidas, incluidas las rectificativas.
- Deducir IVA de gastos personales o de facturas que no están a tu nombre.
- Deducir con un tique que no lleva tu NIF ni tus datos: para deducir, la factura tiene que estar a tu nombre.
- Presentar fuera de plazo.
- No presentarlo cuando sale cero: si estás obligado, se presenta igual, aunque no haya actividad ese trimestre.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no lo presento?
Si lo presentas tarde sin requerimiento previo, se aplica un recargo que crece con el retraso. Si Hacienda te lo reclama antes, puede haber sanción.
¿Puedo aplazar el modelo 303?
Sí, eligiendo reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento al presentarlo. Pero el IVA repercutido solo se aplaza si justificas que esas facturas no las has cobrado. Lo tienes explicado en la guía para aplazar el modelo 303.
¿Y el resumen anual?
En enero, junto con el 303 del cuarto trimestre, se presenta el modelo 390, salvo que estés exonerado.
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